El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Puerto Montt condenó hoy –viernes 22 de abril– a V.A.G.B., a la pena única de presidio perpetuo, en calidad de autor de los delitos consumados y reiterados de abuso sexual, estupro y violación de menores. Ilícitos perpetrados entre 2010 y 2018, en la ciudad y en las comunas de Osorno, Río Bueno y Panguipulli.
En fallo unánime, el tribunal –integrado por los magistrados Patricia Miranda Alvarado (presidenta), Rosario Cárdenas Carvajal y Jorge Díaz Rojas (redactor)– aplicó, además, a V.A.G.B. las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos por el tiempo de la vida del penado y a la sujeción a la vigilancia de la autoridad por el máximo legal.
Asimismo, el tribunal impuso a V.A.G.B. las penas de interdicción del derecho de ejercer la guarda y ser oído como pariente en los casos que la ley designa, la sujeción a la vigilancia de la autoridad durante los 10 años siguientes al cumplimiento de la pena principal y la inhabilitación absoluta perpetua para cargos, empleos, oficios o profesiones ejercidos en ámbitos educacionales o que involucren una relación directa y habitual con personas menores de edad.
El tribunal dictó, como medida de protección, la prohibición de acusado de aproximarse a las víctimas y sus familias, visitar sus domicilios, lugares de trabajo o establecimientos educacionales.
Una vez ejecutoriado el fallo, el tribunal dispuso que se proceda a la toma de muestras biológicas del sentenciado para determinar su huella genética e inclusión en el registro nacional de ADN de condenados.
El fallo dio por acreditado, más allá de toda duda razonable, que entre 2010 y 2018, el acusado V.A.G.B. estuvo a cargo del club “Alta Aventura”, que en 2012 pasó a llamarse “Club Premilitar de Montaña”, integrado por niños, niñas y adolescentes que reclutaba de distintos establecimientos educacionales de la ciudad de Puerto Montt, en los que se presentaba aparentando ser oficial del Ejército y explicaba los fines del club que dirigía, obteniendo la autorización de los directores de los establecimientos para que alumnos se integraran al club.
Al comienzo, las clases de instrucción las impartió el acusado en colegios y escuelas de Puerto Montt y, a partir de 2016 y hasta fines de 2018, en el sector de Alerce de la comuna.
Así, entre 2010 y 2018, tanto en establecimientos educacionales de Puerto Montt, en su domicilio en la comuna de Osorno y en campamentos realizados en las comunas de Río Bueno, Panguipulli y Puerto Montt, el acusado V.A.G.B., “prevaliéndose de su calidad de instructor y abusando de la relación de dependencia” de las víctimas que se encontraban bajo su cuidado y educación en las distintas actividades disciplinarias y de montaña que se realizaban en el club, de manera reiterada y en días distintos realizó actos de significación sexual y de relevancia en contra de nueve adolescentes, tres de las cuales violó y resultaron embarazadas.
El juez vocero del TOP de Puerto Montt, Francisco del Campo Toledo, informó que en la determinación de la pena, el tribunal “(…) tomó en consideración primero la perspectiva de género, la relación de dependencia entre el agresor y las víctimas, todo esto fue agravando la situación penal del sentenciado; la condición también de las víctimas, el hecho de que gran parte de las víctimas al momento de ser agredidas tenían menos de 14 años de edad y que la condición del acusado, había una relación de dependencia, por el hecho de que este señor aparecía como un profesor o maestro de esta actividad física. Esas características que modelaron estos delitos, fueron tomadas en cuenta por el tribunal para la aplicación de la sanción”.
Fuente: Poderjudicial.cl